2 de abril de 2016

ACLARACIONES AUTORIZACIÓN PARA MATAR PERROS TÉRMINO MUNICIPAL DE TÓRTOLA

“NADIE ESTÁ AUTORIZADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TÓRTOLA, PARA PROCEDER A LA CAPTURA Y/O MUERTE DE NINGÚN ANIMAL”
“SI ALGUIEN TIENE CONOCIMIENTO DE LA EJECUCIÓN ILEGAL DE PERRO O GATO, QUE PROCEDA A SU DENUNCIA.”
Ante la preocupación e indignación, por las diferentes informaciones vertidas en las redes sociales y en los medios de comunicación sobre la noticia titulada “Un ayuntamiento del PP en Guadalajara pide autorización para matar perros vagabundos”, del pasado 28 de marzo, Aspropegu se ha reunido esta mañana, con el Director Provincial de Agricultura y Medio Ambiente, D. Santos López Tavernero, como organismo responsable de dicha autorización.
Voy a intentar ser breve y dejar claro, tanto lo que ha pasado, como las gestiones efectuadas y la situación actual al respecto, con el fin de que todos tengamos una información veraz y terminar con los malentendidos.
Primero: La Ley de Caza en Castilla La Mancha (Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.), en su Artículo 7 Especies objeto de caza y de control de poblaciones dice “6. Los animales domésticos asilvestrados no tendrán la consideración de piezas de caza. No obstante, podrán ser abatidos o capturados por razones sanitarias, de daños o de equilibrio ecológico, previa autorización del órgano provincial, donde se especificará los medios de captura a utilizar, que en cualquier caso, serán selectivos y no actuarán en perjuicio de otras especies o de sus hábitats.”
Segundo: En base a este artículo EL CLUB D.B. DE TORTOLA  titular del coto GU-10 707 envía dos solicitudes a la citada Delegación Provincial, una para la captura de perros y otra para la captura de gatos asilvestrados.
Tercero: En cumplimiento de la normativa la Delegación Provincial inicia procedimiento:
·         Remite escrito al Ayuntamiento, solicitando que publique en el tablón de anuncios durante 20 días, notificando la existencia de perros asilvestrados en el término municipal, a fin de informar de esta situación a los vecinos. Pasados los 20 días el Ayuntamiento deberá informar a la Delegación Provincial de la existencia de los citados perros asilvestrados, para proceder a autorizar su captura y/o muerte al titular del coto de caza.
·         Da orden al responsable de medio ambiente de zona, para que supervise si hay tanto perros como gatos asilvestrados en el término municipal y emita informe.

Cuarto:
·         El Ayuntamiento de Tórtola no ha comunicado nada a la Delegación Provincial a día de hoy.
·         El responsable de medio ambiente, ha emitido informe. no recomendando captura de ningún animal ya que no ha detectado perros ni gatos asilvestrados en la zona.
Por tanto:
NADIE ESTÁ AUTORIZADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TÓRTOLA PARA PROCEDER A LA CAPTURA Y/O MUERTE DE NINGÚN ANIMAL

SI ALGUIEN TIENE CONOCIMIENTO DE LA EJECUCIÓN ILEGAL DE PERRO O GATO, QUE PROCEDA A SU DENUNCIA.